viernes, 10 de agosto de 2007

Constitución de Abogado sobre Recurso de Casación

Constitución de Abogado

Acto No. 295

En el Municipio y Provincia de San Pedro de Macorís, República Dominicana a los cuatro (4) días del mes de enero del año Dos Mil Siete (2007).

A REQUERIMIENTO de la DRA. GLADYS GUTIÉRREZ, abogada de los tribunales de la República, titular de la cédula de identidad y electoral 023-4758468-3, con estudio profesional abierto en la calle Teófilo Díaz, de esta ciudad, lugar donde mi poderdante hace elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente recurso, matrícula 5648 del Colegio Dominicano de Abogados, donde hace elección de domicilio la señora ELSA VARGAS DE OVIEDO.

Yo MÁXIMO ALFONSECA, alguacil ordinario, con estudio y residencia en la calle Matilde Larancuel de San Pedro de Macorís, titular de la cédula de identidad y electoral No. 023-4569812-2, abajo firmado.

EXPRESAMENTE me traslado a CLAUDIO ALBERTO CORDERO JIMÉNEZ, donde ha hecho elección de domicilio el señor CHAILE LÓPEZ ÁLVAREZ en el recurso de casación incoado contra ELSA VARGAS DE OVIEDO instrumentado el Veintiocho (28) de diciembre de Dos Mil Seis (2006) y una vez allí hablando con él mismo quien me dijo ser el Abogado de Chaile López, LE NOTIFICO al Lic. CLAUDIO ALBERTO CORDERO JIMÉNEZ, que mi requeriente ha recibido y aceptado de la señora ELSA VARGAS DE OVIEDO el correspondiente mandato para postular y defender por ella en relación al recurrido de casación de que se trata y le advierto a mi requerido que la presente constitución de abogado no significa aprobación al recurso incoado por el señor CHAILE LÓPEZ ÁLVAREZ, por ante la Suprema Corte de Justicia, sino que la misma se hace bajo reservas de invocar, en su oportunidad las excepciones y fines de inadmisión que fueren procedentes.

A FIN de que mi requerido, el Lic. CLAUDIO ALBERTO CORDERO JIMÉNEZ, no lo ignore, así se lo notifico dejándole entre las manos de la persona con quien hablo, un copia del presente acto, que consta de dos (2) páginas, que firmo junto a mi requiriente, al pie del original y de las copias, sello y rubrico en todas las páginas del original y de sus 4 copias útiles, que totalizan en original y copias 10 páginas, de todo lo cual doy fe y certifico.

COSTO: RD$____


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Dra. GLADYS GUTIÉRREZ.
ABOGADA DE ELSA VARGAS

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MÁXIMO ALFONSECA
ALGUACIL

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